Deducción de impuestos

La deducción de las primas de seguros de gastos médicos se establece en la Ley del Impuesto sobre la Renta en su art. 176, fracc. VI, que dicta lo siguiente:

"Art. 176. Las personas físicas residentes en el país para calcular su impuesto anual, podrán hacer las siguientes deducciones personales:

Fracc.VI.- Las primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social, siempre que el beneficiario sea el propio contribuyente, su cónyuge o la persona con quien vive en concubinato, o sus ascendientes o descendientes en línea recta".

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Artículo 176   

Revisa cuáles son los requisitos fiscales para pago directo, reembolso y facturación electrónica a partir de enero de 2011.

Requisitos Fiscales 2011

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