Periodos de espera

Además de los beneficios de tu póliza, es muy importante que recuerdes que hay padecimientos que deben cumplir con un periodo de espera. 

 

Primer día

A partir del primer día de vigencia quedarán cubiertos los accidentes amparados, así como cualquiera de las siguientes enfermedades, siempre y cuando no sean preexistentes.

  • Cualquier accidente
  • Apendicitis aguda
  • Intoxicación alimentaria
  • Diarrea o Gastroenteritis de origen infeccioso
  • Golpe de calor (insolación)
  • Derrame cerebral de origen traumático 
  • Infarto agudo al miocardio sin Enfermedad coronaria
  • Trombosis pulmonar de origen traumático

 

 

Diez meses

  • Beneficio de Maternidad
  • Complicaciones del embarazo
  • Cobertura del recién nacido

Tres años

Se cubrirán pasando el segundo año de cobertura continua las siguientes enfermedades o lesiones

  • Hemorroides
  • Padecimientos de amígdalas y adenoides
  • Tratamiento médico o quirúrgico de cualquier estructura anatómica de la rodilla, excepto fracturas óseas
  • Hernias, incluidas hernias de disco
  • Padecimientos congénitos de asegurado nacidos fuera de la vigencia de la póliza
  • Enfermedades articulares de las falanges de los pies y sus complicaciones (por ejemplo, Hallux Valgus)
  • Enfermedades de columna vertebral denominadas cifosis, lordosis o escoliosis, las anteriores son de manera enunciativa, más no imitativa
  • Padecimiento de vesículas y vías biliares
  • Litiasis en vías urinarias
  • Enfermedades ácido-pépticas incluida enfermedad por reflujo gastroesofágico
  • Enfermedades en glándulas mamarias (incluye cáncer de seno)
  • Trastornos del aparato reproductor femenino

 

Cuatro años

Y a partir del inicio del cuarto año de cobertura ininterrumpida se cubrirán los padecimientos preexistentes que declares en la solicitud de tu seguro que no hayan presentado síntomas o generado gastos durante ese período; recuerda que es muy importante que no pertenezca a los siguientes grupos.

 

  • Condiciones crónico degenerativas como cardiovasculares, respiratorios, diabetes mellitus y/o trastornos  metabólicos, hipertensión arterial, así como autoinmunes, insuficiencia renal, cáncer, hepatopatías, SIDA/VIH, osteomusculares, afecciones de la columna, enfermedades del Sistema Nervioso Central, Periférica y afecciones vasculares cerebrales. 

 

 

Estas coberturas son un extracto representativo de las condiciones generales de tu futura póliza, para mayor detalle sobre el alcance, beneficios y exclusiones del producto puede consultar las condiciones generales en www.mnyl.com dentro de la sección de seguros de gastos médicos individual. 

 






 

También debes considerar que lo siguiente no estará cubierto: 

 

  • Accidentes o enfermedades originadas mientras se está prestando servicio en cualquier cuerpo militar o de seguridad.
  • Lesiones que se produzcan al cometer un delito intencionalmente.
  • Lesiones que el mismo Asegurado cause a su persona de forma intencional o por intento de suicidio. 
  • Accidentes por participar en carreras de resistencia o velocidad en vehículos de cualquier tipo.
  • Enfermedades derivadas del alcoholismo o toxicomanías, así como tratamientos para combatir adicciones.
  • Tratamientos para reducir o aumentar de peso, evitar o corregir la calvicie, mejorar defectos de carácter estético, para cambiar de sexo, para evitar corregir la impotencia sexual, para evitar o procurar la procreación.
  • Tratamientos psiquiátricos o psicológicos.
  • Tratamientos experimentales. 
  • Acupuntura.
  • Zapatos ortopédicos y similares, así como reposición de prótesis por descuido o mal uso.
  •  Lentes de contacto o aparatos auditivos externos. 
  • Trastornos de refracción ocular.
  • Cámara hiperbárica.
  • Check-up.

Nota: para conocer todas las exclusiones consulte las Condiciones Generales de su póliza.