11.6 Exclusiones Particulares. (EXENCIÓN DE DEDUCIBLE POR PT)
a) Esta cobertura no exenta al Asegurado de la aplicación del deducible si el vehículo asegurado NO es declarado como Pérdida Total a consecuencia de los riesgos de Daños Materiales o Robo Total, en virtud de que el importe de la reparación de los daños sufridos no rebasa el 65% de la suma asegurada.
b) Esta cobertura no exenta al Asegurado de la aplicación del deducible en cualquier otra cobertura distinta a la cobertura 1. Daños Materiales o
2. Robo Total.