5.3 Exclusiones de la Cobertura de Gastos Médicos Ocupantes.
En adición a lo estipulado en la Cláusula 3a. Riesgos no Amparados por el Contrato, queda entendido y convenido que esta cobertura en ningún caso ampara gastos por:
a) Cuarto de hospitalización distinto al estándar.
b) Cama adicional y alimentos del acompañante.
c) Tratamientos de ortodoncia y cirugía estética no derivados del accidente.
d) Los gastos de exámenes médicos generales para la comprobación del
estado de salud conocidos como CHECK - UP.
e) Las llamadas locales o largas distancias que se realicen dentro del cuarto del hospital.
f) Lesiones que sufran los ocupantes del vehículo asegurado derivados de
riña, aun cuando dicha riña sea a consecuencia del accidente automovilístico.
g) La indemnización de cualquier enfermedad o lesión prexistente, crónica o recurrente o estados patológicos, que no se deriven del accidente
automovilístico.